Seguros de vehículos
en Fuengirola

Protege tu vehículo y conduce con la tranquilidad de contar con una cobertura adecuada.

En Seguros Alonso te ayudamos a encontrar el seguro de vehículo que mejor se adapta a tus necesidades, tanto si conduces un coche, una moto, una furgoneta o cualquier otro vehículo.

Un seguro de vehículo va mucho más allá de cumplir con la obligación legal

Tener un vehículo implica asumir determinados riesgos cada vez que lo utilizamos. Un accidente, un daño a terceros, un robo o una avería pueden generar gastos importantes y situaciones difíciles de gestionar.

En España, los propietarios de vehículos a motor que tienen su estacionamiento habitual en el país deben mantener un seguro obligatorio de responsabilidad civil que cubra los daños que puedan ocasionarse a terceros.

Pero la responsabilidad civil obligatoria no cubre todas las situaciones que pueden afectar a tu vehículo. Por eso, al contratar un seguro de coche, moto, furgoneta u otro vehículo conviene valorar también las coberturas adicionales que pueden proteger al propio vehículo y a sus ocupantes.

Seguros de vehículos en Fuengirola | Seguros Alonso

Seguros para distintos tipos de vehículos

Cada vehículo tiene unas características y un uso diferente. Por eso, las necesidades de aseguramiento de un turismo no son las mismas que las de una motocicleta, una furgoneta o un vehículo utilizado profesionalmente.

Seguro de coche

Protege tu turismo frente a los riesgos más habituales de la circulación, desde la responsabilidad civil hasta los daños propios, robo, incendio o asistencia en carretera, según la modalidad contratada.

Seguro de moto

Una motocicleta requiere una protección adaptada a sus características y a la forma en que se utiliza. Podemos valorar coberturas de responsabilidad civil, asistencia, accidentes del conductor, robo y otros riesgos.

Furgoneta

Si utilizas una furgoneta para trabajar o transportar mercancías, además de proteger el vehículo es importante tener en cuenta el uso profesional y las necesidades específicas de la actividad.

Otros vehículos

También podemos estudiar las necesidades aseguradoras de otros vehículos y formas de movilidad, según sus características, uso y normativa aplicable.

¿No sabes qué seguro necesitas?

Cuéntanos qué quieres proteger y te ayudamos a encontrar la opción adecuada.

¿Qué puede incluir un seguro de vehículo?

La cobertura mínima obligatoria protege frente a la responsabilidad civil por los daños que podamos causar a terceros. A partir de ahí, existen diferentes modalidades de seguro que permiten ampliar la protección en función del vehículo, su antigüedad, su valor y el uso que se haga de él.

Responsabilidad Civil

La cobertura obligatoria para responder frente a los daños que puedas causar a terceros como consecuencia de la circulación.


Asistencia en carretera

Puede facilitar ayuda ante una avería, accidente, inmovilización u otras incidencias durante un desplazamiento, según las condiciones contratadas.

 

Robo e incendio

Protección frente a determinados daños o pérdidas derivados del robo, intento de robo o incendio.

Daños propios

Puede cubrir los daños sufridos por el propio vehículo, incluso cuando el accidente sea responsabilidad del conductor, según la modalidad contratada.

Accidentes del conductor

Permite incorporar protección para el propio conductor ante determinadas consecuencias de un accidente.

Defensa y reclamación de daños

Puede incluir asistencia jurídica y defensa de los intereses del asegurado en determinadas situaciones relacionadas con la circulación.

 

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Conducir con tranquilidad 

también es cuidarte.

En Seguros Alonso te acompañamos para que solo te preocupes de disfrutar del camino.

Nuevas normas de tráfico

Cambios que entran en vigor el 1 de octubre de 2026

El 1 de octubre de 2026 entra en vigor el Real Decreto 518/2026, que modifica el Reglamento General de Circulación para reforzar la protección de los usuarios vulnerables y adaptar determinadas normas a las nuevas formas de movilidad.

Principales cambios que debes conocer

Esta reforma introduce nuevas obligaciones y medidas para mejorar la seguridad vial. Estos son algunos de los cambios más relevantes:

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Motoristas y ciclomotores

A partir del 1 de octubre, los conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores deberán utilizar guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado en todo tipo de vías. 

También se permite la circulación de motocicletas por el arcén derecho en situaciones de congestión, cuando el tramo está habilitado y sin superar los 30 km/h. 

Los motoristas profesionales que realicen actividades de reparto deberán llevar chaleco reflectante, y las motocicletas deberán llevar un chaleco reflectante de alta visibilidad como parte de su equipamiento obligatorio.

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Bicicletas y adelantamientos

La reforma establece nuevas condiciones de circulación y adelantamiento para proteger a los usuarios más vulnerables. 

Se introduce la obligación de mantener determinadas distancias de seguridad respecto a los ciclistas y se actualizan las condiciones para realizar adelantamientos, con el objetivo de aumentar su seguridad en la vía. 

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Patinetes y vehículos de movilidad personal (VMP)

Para los vehículos de movilidad personal se establece, entre otras medidas, una edad mínima de 15 años y el uso obligatorio de casco y elementos reflectantes en determinadas circunstancias. 

Si utilizas un patinete eléctrico y otro VMP, es importante comprobar también que cumple los requisitos de registro, identificación y seguro que correspondan a su categoría. 

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PREGUNTAS FRECUENTES

Resolvemos tus dudas
sobre el seguro de automóvil.

¿Es obligatorio tener un seguro para el coche?

Sí. Los propietarios de vehículos a motor que tengan su estacionamiento habitual en España deben mantener un seguro obligatorio de responsabilidad civil. Esta cobertura responde, dentro de los límites establecidos legalmente, por los daños que puedan causarse a terceros.

El seguro obligatorio cubre la responsabilidad civil derivada de los daños causados a terceros por la circulación del vehículo, dentro de los límites y condiciones establecidos por la normativa. No equivale necesariamente a un seguro que cubra los daños del propio vehículo.

El seguro a terceros parte de la cobertura de responsabilidad civil obligatoria y puede incorporar otras garantías. Un seguro a todo riesgo añade normalmente cobertura para determinados daños propios del vehículo, con las condiciones, límites y posibles franquicias establecidos en la póliza.

El seguro obligatorio cubre la responsabilidad civil derivada de los daños causados a terceros por la circulación del vehículo, dentro de los límites y condiciones establecidos por la normativa. No equivale necesariamente a un seguro que cubra los daños del propio vehículo.

El seguro a terceros parte de la cobertura de responsabilidad civil obligatoria y puede incorporar otras garantías. Un seguro a todo riesgo añade normalmente cobertura para determinados daños propios del vehículo, con las condiciones, límites y posibles franquicias establecidos en la póliza.

Depende de la modalidad contratada. Puede incluir responsabilidad civil, asistencia en carretera, defensa jurídica, accidentes del conductor, robo, incendio o daños propios, entre otras garantías.

No necesariamente. Aunque algunas coberturas pueden ser similares, las características del vehículo y los riesgos asociados a su uso pueden hacer recomendable una configuración diferente.

La modalidad dependerá del tipo de furgoneta y, especialmente, del uso que se haga de ella. Cuando existe un uso profesional, pueden ser necesarias coberturas adaptadas a la actividad.

El cambio de aseguradora debe realizarse respetando los plazos y condiciones establecidos en la póliza y en la normativa aplicable. Conviene revisar la fecha de vencimiento y comunicar la no renovación con la antelación correspondiente.

Circular sin el seguro obligatorio puede tener consecuencias económicas y administrativas importantes. Además, el responsable puede tener que responder por los daños ocasionados. La normativa establece la obligación de mantener el seguro en vigor para los vehículos sujetos a ella.

Puede incluir garantías específicas para el conductor, pero depende de la modalidad contratada. La responsabilidad civil obligatoria está orientada a los daños causados a terceros, por lo que conviene revisar qué protección tiene el propio conductor.

 

Determinados vehículos personales ligeros están sujetos a un seguro obligatorio de responsabilidad civil y a requisitos de registro e identificación conforme al marco normativo vigente. La obligación concreta depende de la categoría del vehículo y de sus características.

 

Desde esa fecha entran en vigor nuevas obligaciones, entre ellas el uso de guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado en todo tipo de vías. También se introducen otras modificaciones relativas a la circulación de motocicletas y ciclomotores.

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